Registro de viajeros SES Hospedajes: guía para anfitriones
Esta página resume el Real Decreto 933/2021 para quien alquila un alojamiento en España. MyStay no envía los partes a SES.HOSPEDAJES y no automatiza ese registro.
La norma
El Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre, se publicó en el BOE el 27 de octubre de 2021. Se aplica en toda España al hospedaje y al alquiler de vehículos sin conductor, sea cual sea la forma de la actividad. Las preguntas del Ministerio del Interior dicen que alcanza a quien hospeda de forma profesional o no, y a quien actúa como intermediario.
Partes de entrada
El artículo 4 dice que el anfitrión recoge los datos del huésped en un parte de entrada. Quien tiene más de 14 años firma el suyo. Si el huésped tiene menos de 14 años, los datos los facilita el adulto que lo acompaña. El anfitrión responde de que lo escrito coincida con el documento de identidad que muestra el huésped.
El registro, y quién está exento
El artículo 5 exige un registro informático con los datos de los anexos, conservados durante tres años desde el fin de la estancia. El artículo 5.4 exime de ese registro y de esa conservación a quien hospeda de forma no profesional. Sigue teniendo los deberes de comunicación del artículo 6. Las preguntas del ministerio lo dicen más corto: un particular tiene las obligaciones de comunicación del artículo 6.
Qué hay que comunicar, y cuándo
El artículo 6.3 dice que la reserva, el contrato, la anulación y el inicio del servicio se comunican de forma inmediata y, en todo caso, en un plazo no superior a 24 horas desde cada uno de esos momentos. El artículo 6.4 dice que la comunicación es telemática. Quien hospeda de forma no profesional puede usar un medio no telemático, por el procedimiento que se determine. Esta página no describe ese procedimiento. Está en el decreto y en lo que publique el ministerio.
Las preguntas del ministerio también describen sanciones de la ley de seguridad ciudadana: de 100 a 600 euros por una infracción leve, como datos tardíos o incompletos, y de 601 a 30.000 euros por una infracción grave, como no figurar como proveedor de alojamiento o no comunicar los datos de los huéspedes. Esos tramos son los del ministerio, no una estimación.
Dónde se hace
El ministerio remite a SES.HOSPEDAJES en su sede electrónica. El número de registro del alquiler turístico es otro trámite: la misma página del ministerio dice que ese número depende del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.
Qué hace MyStay
MyStay no presenta partes en SES.HOSPEDAJES y no automatiza el registro de viajeros. Lo hace el anfitrión en la sede del ministerio. Una página de reservas no sustituye ese trámite.